Ampliación plazos ITV por COVID
Aumenta el plazo de validez de los vehículos cuya validez fue recortada por el COVID-19.
INCREMENTO PLAZOS DE VALIDEZ ITV
Real Decreto 750/2022
De manera excepcional, y por una única vez, se aumenta el plazo de validez de los vehículos cuya validez fue recortada en aplicación de las medidas excepcionales implantadas con motivo de la pandemia COVID-19.
¿A quién afecta?
A los vehículos a los que les caducó la inspección durante el estado de alarma (del 14/03/2020 al 20/06/2020) y se les redujo la validez.
¿Cuánto se incrementa el plazo de validez?
La ampliación del plazo consistirá en el número de días que se recortó en aplicación de las medidas impuestas en el año 2020. Este plazo no superará el correspondiente a las frecuencias de inspección europeas (*).
¿Cómo y cuándo se aplica esta medida?
De forma automática en la primera inspección periódica efectuada desde el 27/09/2022.
Normativa de referencia:
- Real Decreto 750/2022
- Real Decreto 920/2017
- Orden SND/413/2020
- Directiva 2014/45/UE
- Tribunal Supremo REC.ORDINARIO(c/d)-204/2020
(*) Frecuencias de inspección europeas:

Vehículos M1 y N1 (turismos y furgonetas) así como tractores de ruedas de las categorías T1b, T2b, T3b, T4.1b, T4.2b y T4.3b que se utilizan en la vía pública sobre todo para el transporte comercial por carretera: La primera a los cuatro años; después, bienal.

Vehículos M1 utilizados como taxis o ambulancias, así como vehículos de las categorías M2, M3, N2, N3, O3 y O4 (autobuses, camiones y remolques pesados): Anual.
Preguntas Frecuentes
Me caducó la inspección en el estado de alarma pero no me han ampliado el plazo de validez de inspección
Existen dos causas posibles:
- Solo se puede ampliar el plazo de validez a aquellos vehículos a los que se les recortó. Si a su vehículo no se le recortó la validez, ahora no procede ampliar el plazo.
- No se puede ampliar el plazo si superase los máximos establecidos por la Unión Europea. Por ejemplo, el plazo máximo que se le puede dar a un turismo son dos años de validez.
Cuando pasé inspección después del estado de alarma me redujeron el plazo de inspección pero ahora no me lo devuelven
A los vehículos cuya inspección caducó entre el final del estado de alarma y el 31 de agosto de 2020 también se les recortó la validez (afectados por el Real Decreto-ley 26/2020). La ampliación se ha determinado solo para los vehículos cuya inspección caducó dentro del estado de alarma (afectados por la Orden SND/413/2020).
Ya no tengo el vehículo cuya validez fue reducida
Solo el titular actual del vehículo se puede beneficiar de la ampliación del plazo cuando realice la primera inspección desde el 27/09/2022.