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Reformas más comunes que necesitan ITV: enganche, llantas, suspensión, escape
Personalizar o adaptar un vehículo puede cambiar su estética, mejorar determinadas prestaciones o permitir nuevos usos. Sin embargo, algunas modificaciones alteran las características con las que el coche fue homologado y se consideran reformas de vehículos. En esos casos, no basta con que el componente esté homologado: la instalación debe legalizarse y quedar anotada en la tarjeta ITV.
La regulación aplicable se basa en el Real Decreto 866/2010 y en el Manual de Reformas de Vehículos, que identifica qué modificaciones se consideran reforma y qué documentación requiere cada una. Tras realizar una reforma, el titular debe presentar el vehículo a inspección técnica en un plazo máximo de 15 días.
Instalar un enganche o bola de remolque
La instalación de una bola de remolque es una de las reformas más habituales. Aunque el enganche disponga de su correspondiente homologación, debe ser compatible con el vehículo, instalarse en un taller autorizado y quedar registrado en la tarjeta ITV.
La documentación exigida puede variar según las características del enganche y del vehículo, pero habitualmente incluye:
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Certificado del taller que ha realizado la instalación.
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Informe de conformidad emitido por el fabricante del vehículo o por un servicio técnico de reformas.
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Documentación y datos de homologación del dispositivo.
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Permiso de circulación y tarjeta ITV del vehículo.
Durante la inspección se comprobará la identificación del enganche, su fijación, la instalación eléctrica y que no interfiera con elementos como la matrícula, el alumbrado o el paragolpes.
Circular con una bola instalada y no legalizada puede provocar un resultado desfavorable en una inspección periódica. También puede generar problemas en un control de tráfico o después de un siniestro si la modificación no figura en la documentación del vehículo.
Cambiar llantas y neumáticos por medidas diferentes
No todos los cambios de llantas o neumáticos requieren una ITV de reforma. Si los nuevos neumáticos son equivalentes a los incluidos en la homologación del vehículo y el conjunto respeta las condiciones reglamentarias, el cambio puede realizarse sin modificar la tarjeta ITV.
Con carácter general, un neumático se considera equivalente cuando cumple, entre otros, estos criterios:
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Su diámetro exterior no se desvía más de un 3 % respecto al neumático de referencia.
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El índice de capacidad de carga es igual o superior al previsto para el vehículo.
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El código de velocidad es adecuado.
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La llanta es compatible con el neumático.
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La rueda no roza con la carrocería, los frenos, la suspensión u otros componentes.
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No se supera la anchura permitida ni se modifica de forma no autorizada el ancho de vías.
El cambio sí puede considerarse reforma cuando se montan medidas no equivalentes, se modifica el ancho de vías más allá de los márgenes admitidos, se instalan separadores o se alteran otros elementos relacionados con las ruedas.
En estos casos puede ser necesario aportar un informe de conformidad, certificado de taller y, dependiendo de la modificación, documentación técnica adicional. El hecho de que una llanta se comercialice legalmente no significa que pueda instalarse sin más en cualquier vehículo: debe ser compatible y cumplir las condiciones de homologación aplicables.
Modificar la suspensión o rebajar la altura del coche
Cambiar los muelles, instalar una suspensión regulable, montar sistemas neumáticos o modificar la altura del vehículo suelen considerarse reformas porque alteran componentes fundamentales de la suspensión y pueden afectar a la estabilidad, la dirección, el frenado y la geometría del coche.
Para legalizar estas modificaciones se suele exigir:
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Certificado del taller.
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Informe de conformidad.
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Documentación de los componentes instalados.
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Proyecto técnico y certificado final de obra cuando el tipo o el alcance de la reforma lo requieran.
La estación ITV comprobará que los elementos se encuentran correctamente instalados, que no existen interferencias y que la reforma coincide con la documentación presentada. También podrá revisar aspectos como la altura, las fijaciones, el recorrido de la suspensión o la compatibilidad con neumáticos y otros componentes.
No conviene confundir la sustitución de un amortiguador desgastado por un recambio equivalente con una reforma. Si se instala un componente de sustitución que mantiene las características originales, normalmente no será necesario legalizar el cambio. La ITV de reforma entra en juego cuando la modificación altera las características técnicas homologadas del vehículo.
Cambiar el escape: cuándo hay que homologarlo
La sustitución de una pieza deteriorada del escape por un recambio equivalente y debidamente homologado no suele considerarse reforma. El problema aparece cuando se cambia la configuración original del sistema, se instalan componentes distintos a los autorizados o se modifican los niveles de ruido y emisiones.
Pueden necesitar legalización cambios como:
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Modificación del trazado o la posición de salida.
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Instalación de un sistema que altera las características homologadas.
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Cambios que afectan al catalizador, filtro de partículas u otros sistemas anticontaminación.
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Modificaciones que incrementan el ruido por encima de los límites permitidos.
Eliminar o manipular el catalizador, el filtro de partículas o los silenciadores puede impedir que el vehículo supere las pruebas de emisiones y ruido. Además, una modificación no autorizada del sistema de escape puede ser considerada un defecto grave.
Un escape deportivo homologado como componente tampoco queda automáticamente legalizado en todos los casos. Es necesario comprobar si se trata de un recambio equivalente autorizado para ese vehículo o si su instalación constituye una reforma que debe anotarse en la tarjeta ITV.
Documentación y plazo para legalizar una reforma en 2026
La documentación exacta depende del código de reforma correspondiente. El Real Decreto 866/2010 contempla que puedan exigirse un proyecto técnico, un certificado final de obra, un informe de conformidad y un certificado del taller. Cuando una modificación reúne varias reformas distintas, deben cumplirse los requisitos establecidos para cada una de ellas.
Como orientación general, el proceso consiste en:
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Comprobar antes de comprar el componente si la modificación se considera reforma.
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Verificar que la pieza es compatible y dispone de la homologación correspondiente.
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Realizar el montaje en un taller autorizado.
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Reunir los certificados e informes exigidos.
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Solicitar una ITV de reforma dentro de los 15 días posteriores a su ejecución.
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Superar la inspección para que la modificación quede anotada en la tarjeta ITV.
Una vez legalizada, la reforma pasa a formar parte de las características oficiales del vehículo. La estación comprobará en futuras inspecciones que los componentes instalados se mantienen en las condiciones aprobadas.
Antes de modificar el enganche, las llantas, la suspensión o el escape, conviene consultar con una estación ITV, un taller especializado o un servicio técnico de reformas. Hacerlo antes de comprar e instalar las piezas evita gastos innecesarios y problemas posteriores para obtener los certificados.
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